¿QUE ES EL CONSENTIMIENTO INFORMADO?
El consentimiento informado acredita la autorización del paciente con conocimiento de los riesgos o consecuencias del acto médico. La información entregada al paciente debe garantizar que éste comprende y acepta el procedimiento médico y sus riesgos potenciales con antelación suficiente.
El consentimiento informado acredita la autorización del paciente con conocimiento de los riesgos o consecuencias del acto médico. La información entregada al paciente debe garantizar que éste comprende y acepta el procedimiento médico y sus riesgos potenciales con antelación suficiente.
Es un proceso de comunicación e información entre el profesional sanitario y la persona atendida, trata de un documento que acredita el cumplimiento de la obligación de informar y de no tratar ningún paciente sin su autorización previa, excepto cuando haya un riesgo grave para la salud pública y una situación de urgencia grave que no permita retrasos.
Los Objetivos del consentimiento informado
- Aportar información en cantidad y calidad suficiente, para que el paciente competente pueda tomar decisiones respecto a su proceso.
- Garantizar el derecho de las personas a su autonomía y a su libertad en la toma de decisiones.
Requisitos
Los requisitos que debe reunir el consentimiento informado son los siguientes:
Voluntariedad.
Solo es aceptable, desde el punto de vista ético y legal, el consentimiento que es emitido por una persona que actúa de forma libre y voluntaria. Existen varias formas de limitar la libertad como son la coacción, manipulación o persuasión más allá de un límite razonable.
Información en cantidad y calidad suficientes.
El objetivo del consentimiento informado es la propia información y no solo la cumplimentación y firma del documento.
Las excepciones a la necesidad de obtener el CI son las siguientes:
- cuando la no intervención suponga un riesgo para la salud pública.
- cuando no esté capacitado para tomar decisiones, en cuyo caso el derecho corresponderá a sus familiares o personas allegadas.
- cuando la urgencia no permita demoras por poder ocasionarse lesiones irreversibles o existir peligro de fallecimiento.
Excepciones
Las excepciones a la necesidad de obtener el CI son las siguientes:
- cuando la no intervención suponga un riesgo para la salud pública.
- cuando no esté capacitado para tomar decisiones, en cuyo caso el derecho corresponderá a sus familiares o personas allegadas.
- cuando la urgencia no permita demoras por poder ocasionarse lesiones irreversibles o existir peligro de fallecimiento.
No hay comentarios:
Publicar un comentario